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Facultades, funciones o atribuciones de sus unidades u órganos internos

A continuación se presenta toda la normativa que establece facultades, funciones o atribuciones para las unidades ú órganos internos del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Aysén

Última actualización: 10/01/2011

Período informado: del 1 de Enero al 31 de Diciembre del 2010



Unidad u órgano internoFacultades, funciones o atribucionesFuente legalEnlace a la publicación o archivo correspondienteFecha última modificación (dd/mm/aaaa), si corresponde
DirectorJefe Superior del ServicioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorLa superior conducción y administración del SERVIUDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorEstan radicadas la suma de facultades resolutivas y ejecutivas inherentes al cumplimiento de las funciones asignadas al SERVIU, debiendo las Unidades preparar los elementos de juicio que le permitan dictar las resoluciones correspondientes, o efectuar las proposiciones del caso cuando la decisión competa a otras autoridades, y evacuar los informes financieros, técnicos, jurídicos y administrativos que el Director requiera para una mejor administración o para el cumplimiento de las leyes o la reglamentación vigente.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorEl Director será el representante legal, judicial y extrajudicial del ServicioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorCumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que atañen al ServicioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorDictas los reglamentos internos necesarios a la buena marcha del Servicio, los que no podrán contravenir las normas generales impartidas por el MinisterioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorEjercer las facultades que le deleguen el Ministro, el Subsecretario o el Secretario Ministerial respectivoDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorPresentar al Ministerio, a través de la Secretaría Ministerial correspondiente, el balance anual del Servicio.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorProponer al Ministerio, a través de la Secretaría Ministerial respectiva, el anteproyecto de presupuesto corriente y de capital del Servicio y las modificaciones al mismoDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorDisponer la contratación a honorarios para efectuar estudios, proyectos, trabajos específicos o investigaciones cuya ejecución requiera especialización técnica o profesional, para el cumplimiento de las políticas definidas por el MinisterioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorProponer al Ministro, a través de la Secretaría Ministerial respectiva, la creación o supresión de Delegaciones Provinciales y Oficinas locales dentro de la jurisdicción que corresponda al ServicioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorCumplir y hacer cumplir, bajo responsabilidad personal, las instrucciones que le impartan el Ministro, el Subsecretario o el Secretario Ministerial que corresponda, sea dejando de hacer aquello que la instrucción repara, sea actuando en la forma precisa y determinada que se le señale en caso de omisión, o acatando las normas de complementación que se le dieren respecto de la forma en que estuviere actuando. Para que una instrucción tenga carácter de obligatoria deberá haberse expedido por escrito, especificando su carácter de tal o haciendo referencia expresa a la circunstacia de haber sido dictada en virtud del artículo 6° del decreto ley 1.305, de 1976Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorIntegrar la Comisión de Asesoría y Coordinación que convoque el Secretario Ministerial respectivo para el estudio y análisis en común de la actividad del Sector, y presidir dicha Comisión en ausencia del Secretario MinisterialDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorVelar por el cumplimiento en el Servicio de las normas sobre subrogación que establece el inciso 1° del artículo 23° del decreto con fuerza de ley 338, de 1960Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorDesignar, por resolución, al funcionario de su dependencia que ejercerá las funciones de ministro de fe de la institución, el cual deberá, además, transcribir las resoluciones, órdenes de servicio e instrucciones de carácter general que se impartan y otorgar las certificaciones que soliciten el personal o tercerosDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorDelegar la representación del Servicio y sus facultades en los Subdirectores, Jefes de Departamento, Subdepartamento, Sección, Delegación Provincial u Oficina Local de su dependencia, con las limitaciones que estime procedente. Aquellas facultades de las que a su vez sea delegatario, sólo podrá delegarlas con autorización del deleganteDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorDelegar facultades administrativas en autoridades u organismos fiscales o semifiscales, y convenir la administración de bienes raíces del SERVIU con otros organismos o personas.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorProveer cargos en la calidad jurídica de contrata y disponer la prórroga de estos contratos, debiendo ajustarse para ello al marco presupuestario y a la dotación máxima establecidos en la Ley de Presupuestos del Sector Público aceptar renuncias a cargos de contrata y poner término a estos contratos cuando en ellos se hubiere incorporado una cláusula en que se establezca que el vínculo perdurará sólo en tanto sean necesarios sus servicios u otra de similar tenor. Asimismo, podrá designar suplentes siempre que se trate de casos de licencia médica, no pudiendo hacerlo si el nombramiento de suplente se refiere a un cargo directivo.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorEvacuar los informes que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo requiera con el fin de disponer ascensos, destinaciones o permutas.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorOrdenar cometidos funcionarios y comisiones de serviciosDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
DirectorLa Comisión Técnica Evaluadora será presidida por el Director del SERVIU o por quien éste designe y actuará como Secretario Técnico el Coordinador Regional del Programa.Decreto 174Ver Enlace27/05/2010
DirectorLa Comisión Técnica Evaluadora será presidida por el Director del SERVIU o por quien éste designe y actuará como Secretario Técnico el Coordinador Regional del Programa.Decreto 255Ver Enlace01/04/2010
Departamento JuridicoVelar por el fiel cumplimiento de las leyes y reglamentos vigentes que atañen al SERVIU.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento JuridicoIntegrar el Consejo Asesor del DirectorDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento JuridicoRepresentar u observar los actos y resoluciones del Director y de los Jefes de las Unidades u otras reparticiones del Servicio, cuando no se ajusten a las leyes, reglamentos o normas vigentesDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento JuridicoInformar, pronunciarse y determinar sobre las consultas de orden jurídico que le formulen el Director, los Subdirectores, Jefes de Departamentos o SubdepartamentosDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento JuridicoDirigir la Unidad Jurídica de la Institución y destinar a su personal, fijándoles sus deberes.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento JuridicoEn general, adoptar todas las medidas destinadas al buen funcionamiento de la Unidad Jurídica de la Institución.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento JuridicoRealizar todas las gestiones de orden legal o judicial y patrocinar y defender a la Institución en cualquiera clase de juicios en que ésta sea parte o tenga interés, ante autoridades administrativas o ante tribunales ordinarios o especialesDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento JuridicoPreparar y redactar las escrituras y demás instrumentos de índole jurídica en que sea parte o tenga interés el ServicioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento JuridicoSubstanciar los sumarios o investigaciones sumarias que le encomiende el Director y ejercer el control de las reglas de procedimiento de las investigaciones o sumarios encomendados a funcionarios de otras dependenciasDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento TécnicoEfectuar los estudios para la adquisición de los terrenos necesarios para los programas que deba ejecutar el ServicioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento TécnicoProyectar y contruir, por cuenta propia o de terceros, "viviendas económicas", campesinas, villorios agrícolas, áreas verdes y parques industriales, locales comerciales, equipamiento comunitario y edificios escolares o destinados a servicios públicosDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento TécnicoEjecutar en las poblaciones que construya o en las ya construidas por sus antecesores legales las obras de urbanización o equipamiento exigidos por las leyes y los reglamentos vigentes, en lo que sea pertinenteDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento TécnicoEstudiar, proyectar, reparar y construir edificios públicos con fondos fiscales, destinados a servir a poblaciones, barrios o vecindariosDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento TécnicoConfeccionar planos, tipos o modelos de "viviendas económicas", mínimas, progresivas, sociales, etc., y planos tipos del equipamiento comunitario que corresponda, con sus respectivas especificaciones y cálculos, con el fin de que se proporcionen en forma permanente a los interesados que lo soliciten, fijándoles precios accesibles a los grupos de más bajos ingresosDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento TécnicoEjecutar los proyectos de urbanización, mejoramiento urbano y equipamiento comunitarioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento TécnicoRemodelar y subdividir, por cuenta del Servicio o de terceros, terrenos urbanos para la ejecución de planes habitacionales, de equipamiento comunitario y de desarrollo urbanoDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento TécnicoSupervigilar y autorizar el giro de los préstamos que conceda el Servicio, conforme al avance de obras, cuando procedaDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento TécnicoEfectuar los estudios técnicos y tasaciones, indispensables para fijar valores de transferencia de terrenos que se hayan urbanizado o de inmuebles que se construyan o hayan construido, confeccionado, cuando procediere, las tablas de valores correspondientesDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento TécnicoAutorizar el pago de honorarios correspondientes a estudios o trabajos técnicos encomendados a terceros, tales como levantamiento topográfico, pozos de reconocimiento, mecánica de suelos, etc.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Operaciones HabitacionalesDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Operaciones HabitacionalesPublicar oportunamente las nóminas a que se refiere la letra precedente, asignando las viviendas disponibles con estricta sujeción al orden con que aparezcan los postulantes en las definitivas, y establecer nóminas complementarias cuando fuere procedenteDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Operaciones HabitacionalesDejar sin efecto asignaciones o resolver administrativamente promesas de compraventa, cuando el beneficiado incurriere en el incumplimiento de obligaciones reglamentarias o contractualesDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Operaciones HabitacionalesReasignar inmuebles que por cualquier causa vuelvan al dominio del ServicioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Operaciones HabitacionalesPromover la participación de los interesados en la solución de sus problemas habitacionales, asesorándolos para su organización en Cooperativas de Vivienda y para el posterior funcionamiento de éstas. Esta promoción y asesoría deberá efectuarse especialmente respecto de la aplicación del decreto ley 1.320, de 1976Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Operaciones HabitacionalesEfectuar la recopilación de antecedentes, tabulaciones y análisis de datos en relación a los estudios socioeconómicos que se le encomienden, relacionados con expropiaciones, erradicaciones, demanda habitacional u otrosDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Operaciones HabitacionalesAsignar los sitios y otorgar los títulos de dominio en aquellos loteos o subdivisiones ejecutados por el Ministerio de Tierras y Colonización y que de acuerdo a lo dispuesto en el decreto supremo 176, del Ministerio del Interior, de 19 de febrero de 1976, se traspasan al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y m) Preparar y proporcionar folletos informativos respecto de los sistemas de operación y de los préstamos u otros beneficios que otorgue el SERVIU.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Operaciones Habitacionales Esta Unidad deberá intervenir en el otorgamiento, conforme a las políticas habitacionales y financieras ministeriales, de los siguientes tipos de préstamos que podrán operar cuando se cuente con financiamiento suficiente: a) Para la construcción o adquisición de "viviendas económicasb) Para la reparación, reconstrucción, habilitación o saneamiento de viviendas c) Para la adquisición de viviendas o elementos prefabricados o de construcción que reúnan los requisitos de calidad determinados por la Secretaría Ministerial respectiva d) Para la ejecución de proyectos de urbanización f) Para la construcción de "viviendas económicas", conforme a lo dispuesto por el artículo 71° del decreto con fuerza de ley 2, de 1959 g) Para la construcción de "viviendas económicas" de Cooperativas h) A Instituciones fiscales, semifiscales o empresas autónomas, y, en general, a personas naturales o jurídicas, para la construcción, ampliación o terminación de obras de equipamiento comunitario. "Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Operaciones HabitacionalesLa Unidad de Operaciones Habitacionales será competente para realizar todos los trámites, giros y demás gestiones inherentes a la concesión de los beneficios que prescriben las leyes para los titulares de "cuentas de ahorro para la vivienda".Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasParticipar, proporcionando los antecedentes y estudios pertinentes, en la confección del anteproyecto anual de presupuesto corriente y de capitalDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasProponer las modificaciones del presupuesto aprobadoDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasProporcionar, actuando conjuntamente con las demás Unidades del Servicio, los antecedentes que permitan la elaboración de un programa financiero de mediano plazoDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasAdministrar y realizar la ejecución presupuestaria de los fondos asignados al Servicio o de los ingresos propios, llevando un estricto control de los mismosDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasEfectuar estudios estimativos del total de entradas que deberá percibir el Servicio, como igualmente estudios demostrativos de las obligaciones de carácter ordinario que deberá afrontar el Servicio en el año siguienteDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasOrganizar y mantener un sistema de cobranza de dividendos, rentas, primas de seguros, y, en general, de todas las obligaciones que se adeuden al Servicio o cuya cobranza le fuere encomendada, en forma directa, por planilla o por mandatoDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasProceder a la apertura de cuentas subsidiarias de la Cuenta Unica Fiscal, con aprobación de la Contraloría General de la RepúblicaDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasGirar todo cheque que se emita por el ServicioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasLlevar y mantener actualizadas estadísticas de emisiones, recaudaciones, bonificaciones, y, en general, sobre todas las materias de índole financiera que así lo requieranDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasProponer reformas a los procedimientos en uso, cuando se requiera la implantación o mejoramiento en los sistemas o medios mecánicos o electrónicos de trabajoDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasConciliar las cuentas corrientes bancarias y mantener un control permanente de sus saldos, informando de las disponibilidadesDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasElaborar el Balance General, el Balance Presupuestario y preparar el análisis de cuentasDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasPagar las remuneraciones a los funcionarios del Servicio conforme a las planillas confeccionadas por la Unidad Administrativa, sin perjuicio que se implanten sistemas generales computacionales de pago de remuneracionesDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasOrganizar y mantener un sistema de seguros mixtos de vivienda, incendio y desgravamen para los arrendatarios, asignatarios, comodatarios y adquirentes de viviendas, equipamientos, sitios u otros bienesDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasResolver sobre indemnizaciones por seguros de incendio y desgravamenDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasProporcionar oportunamente toda la información que se requiera para la confección de las planillas de sueldos y jornales del personal del SERVIU, velando por que ellas reflejen efectivamente la situación del funcionario en cuanto a remuneraciones y descuentos previsionales o de otra naturalezaDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasEstudiar y proponer las medidas tendientes al perfeccionamiento de los funcionarios mediante cursos, charlas, conferencias, foros, seminarios, becas, etc.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasPreparar todos los elementos de juicio y antecedentes necesarios que permitan al Director resolver sobre las materias relativas a personal, cuyo ejercicio le compete en virtud de lo expresado en el artículo 18°, o informar, en su caso, al MinisterioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasAdquirir los útiles de escritorio, de aseo, equipos de oficinas, equipos técnicos, herramientas, muebles y cualquier otro bien mueble que se requiera para las actividades del ServicioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasMantener al día los inventarios del ServicioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasCoordinar y controlar la distribución y uso de vehículos, estableciendo un sistema de mantención y reparaciónDecreto 355 Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasAdministrar el o los edificios donde funcionen las Oficinas del ServicioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento Administración y FinanzasControlar la asistencia, puntualidad y permanencia de los funcionarios, manteniendo estadísticas actualizadas en forma general e individualDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento de Programación y ControlAportar los antecedentes que le sean solicitados por la Secretaría Ministerial, para la formulación del preprograma y el anteproyecto de presupuesto regionalesDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento de Programación y ControlControlar el desarrollo de la programación aprobada por el Ministerio, en las siguientes etapas previas a la ejecución: 1.- Estudio de terrenos, 2.- Proyecto de trazada y loteo, 3.- Diseño de las obras, 4.- Aprobaciones de las Municipalidades y los servicios pertinentes, 5.- Preparación de antecedentes para la propuesta ; 6.- Evaluar la ejecución de las obras y el desarrollo de la labor indirecta, verificando si se ejecutan dentro de los plazos y condiciones establecidos en el programaDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento de Programación y ControlRealizar un balance físico de la labor cumplida por el Servicio durante el añoDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Departamento de Programación y ControlMantener información actualizada de toda la labor realizada por el ServicioDecreto 355Ver Enlace08/02/2003
Contraloria Interna RegionalAsesorar al Director del Serviu en el control preventivo de los actos y procedimientos administrativos, debiendo instar además por su debida y oportuna dictación.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Contraloria Interna RegionalProponer al Director del Serviu nuevos procedimientos administrativos, que complementen, mejoren o modernicen los existentes.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Contraloria Interna RegionalSolicitar la información que requiera de las otras unidades del Servicio.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Contraloria Interna RegionalEstudiar en forma crítica y sistemática el funcionamiento administrativo del respectivo Servicio y sus Unidades, evitando la duplicación de funciones o su interferencia, propendiendo a que los procedimientos administrativos y la atención de público sean ágiles, expeditos y debidamente informados o fundamentados.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Contraloria Interna RegionalElaborar indicadores tales como manuales de operación y de funciones, que de una manera ágil y expedita tiendan a la eficiencia del Servicio.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Contraloria Interna RegionalProponer a la respectiva autoridad iniciativas que mejoren la capacitación específica del personal en materia de actos y procedimientos administrativos y de correcta aplicación de la legislación y reglamentación que los rijan, en coordinación con la Unidad Jurídica del Serviu.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Contraloria Interna RegionalConstituir una instancia de consulta y de permanente interlocución con la Contraloría General de la República o con la respectiva Contraloría Regional y mantener una nómina y control de los reparos formulados por éstas, con exclusión de los relativos a materias presupuestarias, informáticas, contables y financieras, informando al Director del Serviu acerca de las acciones que adopten las unidades competentes para subsanarlos.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003
Contraloria Interna RegionalVelar por la observancia y cumplimiento de las disposiciones legales sobre probidad administrativa.Decreto 355Ver Enlace08/02/2003


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